La Paeria incumple la Ley de pobreza energética permitiendo que familias en riesgo de exclusión acumulen deuda con las compañías

Publicado el Publicado en Notícias, Paeria y etiquetado .

Los últimos días la Concejalía de políticas para los Derechos de las Personas del Ayuntamiento de Lleida ha emitido cartas a personas en riesgo de exclusión residencial acogidas a la Ley 24/2015, en el ámbito de pobreza energética, donde indica que los concede una ayuda para el pago de la deuda de las facturas, pero también indica de forma textual: «El pago de esta ayuda se hará directamente a las empresas suministradoras a principios de verano. Esta ayuda cubre parte de su deuda y, por tanto, si quiere conocer la parte restante de la deuda debe contactar directamente con su empresa suministradora. ». Este hecho supone un incumplimiento flagrante de la ley 24/2015, que obliga a que las administraciones públicas garanticen que no se genere deuda a las unidades familiares en riesgo de exclusión residencial.

La ley 24/2015 del 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética, en su artículo 6.3 indica: «Las administraciones públicas deben establecer los acuerdos o convenios necesarios con las compañías de suministro de agua potable, de gas y de electricidad para garantizar que concedan ayudas a fondo perdido a las personas y unidades familiares en situación de riesgo de exclusión residencial o los apliquen descuentos muy notables en el coste de los consumos mínimos. »
En su artículo 6.4 también puntualiza: «En caso de que se cumplan estos requisitos deben garantizar los suministros básicos de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 y se aplicarán las ayudas necesarias establecidos en el apartado 3 para no generar una deuda a la persona o la unidad familiar. »
Por otra parte, las compañías de suministro han reconocido que están acumulando como deuda de los usuarios, descontando los pagos que ha hecho el ayuntamiento a cuenta, la totalidad de las facturas impagadas.
Estos hechos suponen un incumplimiento flagrante de la ley 24/2015 dado que la ley deja claro que las administraciones públicas deben garantizar que no se genere deuda a las unidades familiares en riesgo de exclusión residencial.
Por estos motivos el grupo municipal del Comú de Lleida formula a la Comisión Informativa de las Políticas de derechos y servicios a las personas las siguientes preguntas:
1- ¿Qué criterios sigue el departamento de servicios sociales a la hora de cuantificar las ayudas concedidas a las familias en riesgo de exclusión residencial para hacer frente a los impagos de suministros básicos?
2- ¿Qué mecanismos tiene pensado implementar el ayuntamiento para eliminar la totalidad de la deuda de los usuarios en cumplimiento de la Ley 24/2015?
3- ¿Qué convenios de colaboración, y con qué compañías, ha firmado el ayuntamiento de Lleida para dar cumplimiento al punto 3 del artículo 6 de la Ley 24/2015?
                                 Pobreza energética (imagen de Lablascovegmenu a Flickr)

Ajuda'ns a difondre
Share on Facebook
Facebook
Tweet about this on Twitter
Twitter
Pin on Pinterest
Pinterest